15/3/17

ya tenemos en Madrid la eutanasia encubierta

PD3: Es indignante, pero no pasa nada… Nos hemos vuelto tan modernos que los madrileños donde nos gobierna el PP, han aprobado una ley que es la eutanasia misma, encubierta… Y nadie se queja ni protesta, y se les volverá a votar tan contentos… ¿Por qué se nos quiere cambiar tanto? ¿A quién votaremos la próxima vez? Es un puro egoísmo de la sociedad que no quiere aguantar con sus mayores enfermos. ¡Qué triste!

La ley de ‘Muerte Digna’ aprobada en Madrid permitirá a los médicos dejar morir de hambre y sed a los pacientes

La ley impulsada por el PSOE y aprobada en la Asamblea de Madrid no incluye la referencia a la eutanasia, pero sus consecuencias implican la eutanasia encubierta. Permite, por ejemplo, que el médico suprima la hidratación al paciente y le quita autoridad frente a éste.
El PSOE ha conseguido introducir una ley de Muerte Digna que implica prácticas eutanásicas encubiertas, aunque de la propuesta original haya desaparecido la referencia a la eutanasia, que Podemos quería despenalizar y los populares no tienen intención de abordar.
La ley aprobada por la Asamblea madrileña el 2 de marzo con el título de Ley de derechos y garantías de las personas en el proceso final de la vida, ha sido objeto de modificaciones para que finalmente pudiese salir adelante con el apoyo de PP, Ciudadanos, Podemos y el mismo PSOE.
Lo más inquietante de la norma es que le quita al médico autoridad y se la cede al paciente, de suerte que aquel nada puede hacer contra la voluntad de éste. Y la ley permite al facultativo que deje de cumplir con su deber de curar y defender la vida, al dejar, por ejemplo, que retire la hidratación y nutrición del paciente.
Después de hablar con distintos expertos en sanidad y bioética, como los doctores María Alonso, José Jara, o María Páez, Actuall sintetiza en cuatro puntos las mayores amenazas para el derecho a la vida y también para la deontología de la profesión médica.
1. Permitirá retirar hidratación o nutrición, amparándose en un supuesto “derecho a la toma de decisiones”.
El artículo 2.2 indica “defender y asegurar la autonomía de los pacientes en el proceso de morir con pleno respeto a la expresión de sus deseos y valores”.
La doctora María Alonso explica que “retirar la hidratación, cuando está adecuadamente indicada es provocar la muerte y sería eutanasia encubierta” por lo que sería preciso completar ese punto añadiendo: “asegurar la autonomía entre las posibles opciones que se presentan, consintiendo su práctica o rechazándolas”.
Teniendo en cuenta esta consideración la ley estaría orientada a las preferencias del paciente, pero garantizaría a su vez, una buena práctica clínica conforme a lex artis (los deberes básicos de la medicina).
Y es que no podemos perder de vista que en España se han presentado dos casos de muerte de pacientes por retiradas de alimentación adecuadas a petición de la familias bajo el amparo de estas leyes autonómicas de muerte digna, son el de Ramona Estévez en Andalucía y de Andrea Lago en Galicia.
2. Se exime de responsabilidad al médico por hacer la voluntad del paciente.
La proposición de Ley otorga poder a los profesionales para actuar amparados en lo que se llama “seguridad jurídica”.
En el texto queda reflejado que los médicos quedan exentos de culpa de la siguiente manera: “Excluyendo cualquier posible responsabilidad derivada de asumir las decisiones del paciente en el proceso final de su vida, adoptadas al amparo de la presente Ley”.
A juicio de Alonso lo descrito anteriormente significa que al final de la vida se podría admitir “todo” y que el profesional sería siempre eximido de responsabilidades si hace la voluntad del paciente. Nuevamente un ejemplo de eutanasia encubierta.
3. La ley presiona a los médicos con sanciones.
Se obliga a los profesionales, bajo sanción, tipificada como “grave”, por incumplimiento de “nuevos derechos” de autodeterminación decisoria al final de la vida.
Los expertos consultados por Actuall aseguran que “una ley centrada en satisfacer el deseo del paciente puede conllevar a que el profesional se inhiba o abandone al enfermo ante su decisión, sea cual sea” y explican que “esto puede darse por miedo a que se le apliquen sanciones por obstáculo o impedimento a la decisión del paciente”.
Como ejemplo, la ley considera que “la situación al final de la vida abarca también a personas que han sufrido un accidente extremo”, lo que significaría, a juicio de la doctora Alonso que “se puede obligar a rechazar medidas de soporte vital, incluso en el caso de que estas medidas puedan ser eficaces. Pensemos en un respirador o una intubación aplicada provisionalmente a una persona accidentada”.
Esto se debe a que “se tipifica como infracción grave la vulneración del derecho del paciente a la toma de decisiones”. Por tanto, en la ley se ejerce una clara presión sobre los profesionales que actuando en el mejor interés del paciente y conforme a lex artis, podrían ser sancionados.
4. Obliga a los hospitales a acatar la voluntad del paciente.
Esta nueva ley obliga a las instituciones sanitarias y socio-sanitarias públicas y privadas a acatar la voluntad del paciente de manera absoluta. La negativa de los profesionales también obliga a la Dirección del Centro a “tomar las medidas necesarias para garantizar el respeto a la voluntad del paciente”. De nuevo, no se tiene en cuenta la lex artis ni los deberes deontológicos de la profesión médica.
En este sentido se ha pronunciado José Jara, presidente de la Asociación de Bioética de Madrid, que recalca que “el único criterio para tomar las decisiones es la voluntad del paciente” lo que coloca al médico en “una doble tesitura”.
Jara explica que por un lado “no hay posibilidad de diálogo porque se podría tomar como si el profesional se estuviese oponiendo a dar respuesta a la voluntad del paciente”, y por otra parte está el problema de que “los médicos que estén dispuestos a proporcionar sedaciones o retirar tratamientos básicos porque se lo pida el paciente quedan impunes”.
“En lugar de que los médicos se impliquen en dialogar con el paciente y los familiares para buscar la mejor solución, la ley marca un criterio que es la voluntad del paciente y que conlleva sanciones si no se cumple, lo que puede llevar a los profesionales a dar un paso atrás y propiciar situaciones de abandono”, matiza el presidente de la Asociación de Bioética de Madrid.
¿Qué les pasa a los hombres mayores cuando se jubilan? ¿No quieren vivir? ¿Solo servimos para trabajar y no sabemos disfrutar del resto de nuestra vida? Es una pesadilla y si miras por comunidades autónomas, alucinas con algunas… Es una auto eutanasia que se merecería prestar atención desde los poderes públicos.

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